domingo, 27 de abril de 2014

Derechos y deberes de los turistas en Colombia




Uno de los principios generales de la industria turística consagrado en la Ley 300 de 1996 - Ley General de Turismo, es el de la protección el consumidor, que establece que “con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor o usuario de los servicios turísticos será objeto de protección específica por parte de la entidades públicas y privadas”[1]
Por lo anterior, en nuestra legislación, el turista es considerado un consumidor y por ello se le otorga toda la protección como tal, sobre él es predicable todos los derechos contenidos en el Estatuto del consumidor (Ley 1480 de 2011). Nos obstante, dada su especial naturaleza, el gobierno creyó necesario crear un ente especial que se encargara de velar por los derecho de los turistas: El Grupo de Protección al Turista del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Es así como una de las funciones asignadas al Grupo de Protección al Turista del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, es la de disciplinar el mercado a través de mecanismos de vigilancia y control a los prestadores de servicios turísticos, con el fin de que sus actuaciones se ajusten a la normatividad turística vigente, para que los servicios prestados estén de acuerdo con lo ofrecido y pactado en términos de calidad y cumplimiento.  
Para lograr lo anterior, el Grupo de Protección al Turista es el órgano encargado de adelantar las investigaciones administrativas contra los prestadores de servicios turísticos que incumplan sus obligaciones, fomentar la calidad en el sector y divulgar las disposiciones legales que rigen esta actividad.


Derechos de turista
    Recibir los servicios por él contratados en los términos ofrecidos y pactados. Esto quiere decir que el prestador de servicios turísticos debe cumplir a cabalidad con el contrato y brindar el servicios en los términos que fueron acordados. Por ejemplo: si se trata de una agencia de viajes que vende un paquete turístico en el que se incluía alimentación completa, el turista tendrá derecho a ese tipo de alimentación.
    Recibir una información veraz sobre los servicios que se ofrecen y saber cuáles estarán incluidos y excluidos en el contrato que él realizará.
    Conocer cuáles serán las obligaciones que adquiere con el prestador de servicios turísticos y el alcance de tales obligaciones.
    Cuando se incumplan de manera total o parcial los servicios ofrecidos o pactados, o por sobreventa, el turista tendrá derecho, a su elección, de recibir otro servicio de la misma calidad, o el reembolso o compensación por el servicio incumplido.
    En general, recibir un trato justo y amable por parte de los prestadores de servicios turísticos.

Obligaciones del turista
               Cumplir a cabalidad las obligaciones contraídas en virtud del contrato con el prestador de servicios turísticos.
    Presentarse y utilizar los servicios pactados.
    Pagar el 20% de la totalidad del precio o tarifa establecida cuando no se presente ha hacer uso de los servicios contratados. En caso de que el prestador de servicios turísticos le haya pedido un anticipo, no será necesario hacer ese pago pues ese prestador tendrá derecho a quedarse con el anticipo si así lo hubiesen pactado.
               Dar un trato justo y amable al prestador de servicios turísticos y al personal que le esté brindando el servicio.



¿Qué hacer en caso de que un prestador de servicios turísticos vulnere alguno de los derechos del turista?
Si el prestador de servicios no cumple con lo ofrecido o lo hace de manera parcial, el turista podrá acudir ante lel Grupo de Protección al Turista, dentro de los 45 días siguientes a la ocurrencia del incumplimiento total o parcial, para formular su queja para la protección de sus derechos.
¿Cómo presentar un reclamación?
    Presentar la reclamación ante el Grupo de Protección al Turista.
    Hacer una síntesis de lo que trata la reclamación.
    Nombre y dirección del prestador de servicios turísticos
    Nombre, documento de identidad y dirección del reclamante.
    Anexar en fotocopias documentos que sean necesarios como pruebas del reclamo presentado.
    Enviar el reclamo a la Calle 28 Nº 13 A-15, Primer Piso, Bogotá D.C.






[1] Artículo 2 numeral n13 Ley 300 de 1996. República de Colombia

6 comentarios:

  1. Muy interesante este artículo. Creo que la relación de los derechos de los consumidores, como derecho colectivo, con el turismo puede evidenciar un sujeto de protección como son los turistas, algo no muy estudiado por el derecho tradicional. Además porque en la realidad es un sujeto que esta desprotegido en el sistema jurídico colombiano.

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  2. Que bueno la ruta de atención descrita en el blog en la parte: "como presentar una reclamación", herramienta eficaz para los que se les ha violado un derecho relacionado con el turismo.

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  3. Me parece muy adecuado y pertinente el tema de cómo presentar una reclamación, como ciudadanos muchas veces desconocemos nuestris derechos y deberes.

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  4. Excelente y claro articulo que los viajeros debieran conocer para que no abusen de sus derechos que tiene como turista en Colombia.

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  5. En casoo de emergencua medica... puede el turisra recibur servicio medico dentro de algun derecho de turista.
    Saber cual serian las primeras opciones que podria obtener el turista...

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  6. gacetafrontal.com/biografia-de-carlota-carvallo-de-nunez/
    Al mismo tiempo, también se puede decir que esta fue una mujer que no solo incursionó en la literatura y la pintura, también tuvo sus pasos por lo que fue la música y el teatro.

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